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viernes, 23 de junio de 2017

El caso de la protesta social en Costa Rica

Entre intimidación y criminalización

Una marcada tendencia del aparato represivo del Estado en América Latina, desde varios años, busca considerar como delincuentes y a acusar por delitos penales (desobediencia a la autoridad, bloqueo o cierre de calles, violencia callejera, daños a la infraestructura, difamación, etc...) a diversos líderes comunitarios, indígenas, campesinos, ecologistas, sindicales y estudiantiles. La discusión en Chile alrededor del proyecto de ley Hinzpeter entre el 2011 y 2013 ilustra esta tendencia (véase declaración pública de los estudiantes de la Facultad de Derecho de Valdivia y nota de Redseca). 

Un reciente informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (véase texto) del 2015 presentó la situación particular de los defensores de los derechos humanos en el continente: son objeto de diversas acciones tendientes a criminalizar su labor, de la misma forma que las que suelen enfrentar sindicalistas, campesinos, ecologistas, indígenas, entre muchos otros movimientos. 

En otras palabras, quiénes buscan defender de forma colectiva reclamos legítimos no solamente deben sufrir todo tipo de amenazas e intimidaciones por parte de algunos sectores, sino además, las que se gestan desde el mismo Estado. A mayor cercanía del Estado con esos sectores, mayor es el riesgo de que estas acciones criminalizantes del Estado prosperen ... y que amenazas e intimidaciones de esos sectores se archiven o se desestimen. 

En este informe sobre la situación de los derechos humanos en Argentina del 2012 elaborado por el CELS se lee algo que comparten muchos integrantes de colectivos sociales latinoamericanos: 

"El respeto por los derechos de las personas que demandan públicamente al Estado implica proteger su integridad física –responsabilidad más amplia, por otra parte, que la de “no reprimir”– y reconocer la legitimidad de estas acciones de modo que no prime el abordaje criminalizante del poder judicial, algo que en 2011 han padecido numerosos referentes sociales bajo figuras penales diversas. A la ya tradicional persecución penal por el corte de rutas se sumaron muchas otras. Incluso en algunos casos se los ha sometido a procesos en los que se pretende responsabilizarlos por las represiones que ellos mismos habían padecido. El ministro de la Corte Suprema de Justicia Raúl Zaffaroni hizo un significativo pronunciamiento público al respecto al afirmar que, a su juicio, se trata de meras contravenciones y no de delitos, salvo los casos en que una protesta ponga en riesgo o peligro la vida o la integridad física" (p. 24). 

La protesta social en Costa Rica

En algunos informes sobre protesta social en América Latina, se puede leer, como en este informe auspiciado por el PNUD en el 2012, que: "en estos casos, como Chile y Costa Rica, hay pocos conflictos sociales, no tanto por la ausencia de necesidades y demandas, sino por la débil capacidad de movilización de los actores sociales" (p. 27). Esta manera de enfocar el problema pareciera haber cambiado con el tiempo: hoy en Costa Rica, hay movilizaciones constantemente y las fotografías de fuerzas de seguridad anti-motines frente a cartones o pancartas sostenidos por gremios o comunidades organizadas han venido a formar parte del acontecer informativo. Una unidad académica registra, consigna y cuantifica estas acciones de protesta (véase sitio oficial). 

¿Cómo ha reaccionado el Estado costarricense ante esos reclamos? Con ocasión de un conversatorio realizado en el 2013 en la sede de la Universidad de Costa Rica (UCR), se hizo ver que la tendencia observada en Chile, en Guatemala y Perú también se podía apreciar en Costa Rica (véase nota del Semanario Universidad). En junio del 2015, el mismo Consejo Universitario de la UCR reafirmó públicamente su profundo repudio a cualquier forma de criminalización de la protesta social (véase pronunciamiento). En mayo del 2017, nuevamente debió de pronunciarse en términos similares (véase pronunciamiento del 2 de mayo del 2017). 

En el 2015, se leyó en este comunicado en favor de la liberación de Orlando Barrantes en Costa Rica que: 

"Barrantes fue uno de los principales dirigentes de las luchas impulsada en el año 2000 por las y los trabajadores bananeros, afectados por un pesticida sumamente tóxico conocido como Nemagón, el cual produce terribles consecuencias para la salud humana. A Orlando Barrantes se le acusa de un secuestro de policías del cual no se tienen pruebas suficientes para una acusación. Sin embargo, Barrantes fue encarcelado y se mantiene en prisión preventiva pese a haberse mantenido durante todo el proceso judicial de más de quince años sin salir del país". 

El sector ambiental en Costa Rica: un sector expuesto 

De los diversos sectores sociales, el sector ambiental en Costa Rica es el que ha denunciado y hecho público con mayor determinación las diversas formas de intimidación de la que son a menudo objeto sus integrantes (véase nota detallada elaborada por Kioscos Ambientales / UCR del 2012). Un estudio del Estado de La Nación pormenoriza la protesta ambiental en Costa Rica y sus causas en le período 1994-2013 (véase estudio). 

A pocos días de acaecida la muerte de un jóven biólogo apasionado por la tortugas marinas, Jairo Mora Sandoval, en la playa de Moín, un artículo del 2013 del profesor Alvaro Sagot titulado "¿Es peligroso ser ambientalista en Costa Rica?" mantiene una interrogante de una sorprendente actualidad. A tres años de la muerte de Jairo Mora, nos permitímos hacer ver algunos pendientes irresueltos que plantea este caso (véase artículo publicado en Informa-tico). 

Todo ello se inscribe dentro de una cuestionable deriva en la región latinomericana, la cual, mediante diversas reformas penales, busca acercar el derecho penal a la protesta social, con la finalidad de inhibir a los ciudadanos en la defensa colectiva de sus derechos. Un reciente caso, de una muy larga lista, lo constituye el juicio en Perú contra una quincena de líderes comunitarios opuestos al proyecto minero Conga (véase nota de Pressenza). Con relación a la pena de prisión impuesta a la dirigente argentina Milago Sala, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas señaló en el 2016 que:

"Resulta sorprendente para el Grupo de Trabajo que diversas personas han presentado denuncias penales en 2016 por hechos de los que el Estado argentino supuestamente tenía conocimiento desde 2010 a partir de una auditoría y que sus efectos legales y procesales surtan efectos justo en el contexto en el que la Sra. Sala participa en una protesta social pacífica, y particularmente días después de que un juez estuviera por decretar su excarcelación. Llama la atención también al Grupo de Trabajo la información recibida acerca de que una de las personas que denuncian a la Sra. Sala expresó que el testimonio lo ofreció por presiones y amenazas, al parecer porque dos de sus hijos están vinculados a delitos similares y respecto de quienes no ha habido consecuencias penales " (punto 107 de Resolución 31 del 2016, DocumentoA/HRC/WGAD/2016/31, disponible aquí. Escoger "S" para la versión en español). 

Una peligrosa deriva discursiva de las autoridades 

En años recientes, declaraciones de las máximas autoridades costarricenses denotan una deriva discursiva sumamente preocupante. El bloqueo de un puente por parte de familias campesinas desalojadas en febrero del 2016 en el Sur de Costa Rica dió lugar a una violenta acción policial, plenamente justificada, según el Presidente de Costa Rica, quién brindó declaraciones (en nuestra opinión infortunadas) sobre lo que denominó "los que buscan camorra" (véase nota de La Nación). 

En octubre del 2010, su antecesora al cargo había llamado a los integrantes de la Cámara de Ganaderos de San Carlos a "ayudarla a luchar" contra sectores ecologistas, causando estupor en gran parte de las organizaciones sociales costarricenses. Nótese que esta insólita arenga presidencial nunca fue objeto de aclaración o rectificación alguna. En los meses siguientes, la misma Presidenta arremetió contra los "malos costarricenses" opuestos a la construcción en condiciones sumamente cuestionables de la denominada "trocha fronteriza": la lectura del fallo de la Corte Internacional de Justicia en diciembre del 2015 evidenciaría cuán correcta fue la posición de las (pocas) voces que se alzaron en contra de este ocurrente proyecto (véase declaraciones del jurista Alvaro Sagot en el programa radial Nuestra Voz de Amelia Rueda) (Nota 1). 

En el caso del cuestionado proyecto minero Crucitas, apoyado por las autoridades costarricenses sin mayor reserva, que evidenció un verdadero "contubernio Estado-empresa" (véase nota del Semanario Universidad), la cercanía geográfica de este proyecto con Nicaragua dio lugar a interesantes coincidencias que plantean algunas interrogantes: 

- el segundo día de una memorable audiencia en la Sala Contitucional en noviembre del 2009 coincidió con la publicación de un artículo titulado "La mayor amenaza ambiental - El dragado del río San Juan afecta el río Colorado y los humedales" suscrito por dos asesores del Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica en La Nación del 18 de noviembre del 2009;

- la misma lluviosa tarde del 24 de noviembre del 2010 en la que el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) daba a conocer el portanto de su sentencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores convocaba a una reunión con organizaciones ecologistas sobre el dragado efectuado por Nicaragua en Isla Portillos. 

Muertes de ecologistas e impunidad rampante

Con relación a los casos de asesinatos de ecologistas en Costa Rica, en los que el aparato represor estatal se destaca por su ineficacia, leemos en el informe elaborado a raíz de su visita a Costa Rica en el 2013, que el experto independiente de Naciones Unidas sobre Ambiente y Derechos Humanos, John Knox, había recomendado a las autoridades que:

"El Gobierno considera que las iniciativas tales como las comisiones de la verdad son innecesarias en un Estado que tiene un fuerte poder judicial, como es el caso de Costa Rica. Sin embargo, incluso la mejor de las judicaturas solo puede conocer de los casos que se le presentan. Por lo general no está facultada para estudiar los cuadros de amenazas y actos de violencia durante un período prolongado y formular recomendaciones para hacerles frente, lo que sí hacen las comisiones de investigación independientes" 

(véase informe A/HRC/25/53/Add.1 del 8 de abril del 2014, pobremente divulgado por las autoridades de Costa Rica, y reproducido en este enlace de DerechoAlDia, punto 57). 

En sus recomendaciones finales, leemos (punto 67) que: 

"El Experto sugiere a Costa Rica que estudie seriamente la posibilidad de establecer una comisión o un órgano equivalente, con representantes de un amplio abanico de interesados, que tenga el mandato de examinar la historia y la situación actual de los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones ambientales en Costa Rica y de formular recomendaciones sobre la manera más adecuada de mejorar su protección. Tal iniciativa podría ser un modelo para muchos otros Estados respecto de la manera de abordar esta cuestión". Pocamente divulgadas en Costa Rica, esta y algunas otras recomendaciones muestran similar situación con relación a su implementación por parte de las autoridades costarricenses. 

Al conmemorarse un año de la muerte de la lider indígena hondureña Berta Cáceres, en marzo del 2017, tuvimos la oportunidad de señalar que el clima prevaleciente de impunidad en este caso recuerda mucho el de ecologistas asesinados en Costa Rica (Nota 2). 

La protesta social ante los tribunales penales: un ejemplo reciente

Recientemente concluyó (con la desestimación de la causa penal) un vergonzoso caso en Costa Rica en el que estaban acusados por la Fiscalía General de la República (FGR) profesores y estudiantes de la UCR: ¿su "delito"? El haber participado activamente en una marcha en noviembre del 2012 en defensa de una entidad pública insigne en Costa Rica, la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). Pese a una fuerte movilización que trascendió incluso las fronteras (véase petición en línea del portal Change.org), el Ministerio Público mantuvo incólume la acusación penal contra los univesritarios. 

Parte de las supuestas "pruebas" presentadas por la FGR se basaron en testimonios de los mismos integrantes de las fuerzas de seguridad, exhibiendo así Costa Rica una peligrosa deriva que han usado los aparatos represivos en Chile, Honduras, Perú y Guatemala (véase nota de ElPais.cr del 19 de mayo y nota de Teletica del 22 de mayo del 2017). Si bien cinco fueron los imputados, más de treinta personas fueron capturadas durante la manifestación, como se puede apreciar en esta nota publicada por NODAL (Argentina) en el 2015: 

"El 08 de noviembre de 2012 finalizó con la detención ilegal de 35 personas, de las cuales 1 persona fue presentada esa misma noche en el Juzgado de Flagrancia y fue absuelta una semana después; al menos 10 personas fueron presentadas en el Juzgado Contravencional donde fueron juzgadas y declaradas libres de toda culpa, sin embargo 5 de estas personas agredidas y detenidas injustamente hoy enfrentan juicios políticos en su contra con cargos penales por sólo el hecho de estar en la manifestación por la defensa de la CCSS ese día". 

Nótese que la FGR se muestra muy presta para acusar penalmente a manifestantes que exigen el respeto a sus derechos, pero se muestra mucho menos eficiente a la hora de acusar a funcionarios públicos responsables de graves irregularidades: en este artículo del 2012 sobre la insensatez del desarrollo inmobiliario en Guanacaste y el repudio de las comunidades a esta política, se lee que: "Gadi Amit, dirigente de la organización Confraternidad Guanacasteca, dijo que parece mentira, pero a pesar de todas las irregularidades comprobadas, ninguno de los funcionarios corruptos ha sido llevado a la justicia. Los únicos que fueron acusados penalmente son los compañeros de Sardinal que fueron detenidos por la policía en las manifestaciones contra el acueducto. Cuatro miembros del comité de defensa del agua de Sardinal fueron sobreseídos, pero otros cuatro, por inadecuada asesoría legal, se declararon culpables y fueron condenados a una multa, añadió". 

La protesta social ante un debate público 

En el marco del Primer Foro Inter-Institucional del 2017 de la UCR titulado Libertad de Expresión, Comunicación y Democracia (véase nota con programa completo y formulario de inscripción editada por Surcos Digital), una mesa redonda fue dedicada al tema de la protesta social en Costa Rica. En ella se analizó la situación de quiénes, Constitución en mano muchas veces, claman por el respeto a sus legítimos derechos ante la sinrazón estatal y la voracidad de algunos sectores a los que poco interesa el bienestar de una comunidad y los recursos naturales que las rodean (y mucho menos los derechos que los asisten).

También se abordaron algunas figuras legales en materia penal que, de manera más sutil, buscan inhibir e intimidar a quiénes alzan la voz en Costa Rica. En esta nota de Radio Mundo Real (Uruguay) del 2010 sobre un juicio por presunta difamación contra el lider comunitario y sindical Carlos Arguedas por parte de una empresa piñera operando en Siquirres, se lee que:

"Como ser humano, como cristiano y como padre de familia que tengo mis retoños dándome muchos nietos, no estoy en condición de permitir que esta empresa quede impune ante tanto daño a la comunidad”, señala Arguedas en su misiva dirigida a las comunidades de El Cairo, Luisiana y La Francia". La demanda penal por presunta difamación fue interpuesta en el 2009 por declaraciones dadas por Carlos Arguedas ante el Consejo Municipal de su localidad, acompañada de una demanda civil resarcitoria por 10 millones de colones (véase nota de Kioscos Ambientales). 

En este enlace de FECON se detallan los daños causados a la comunidad por parte de la empresa piñera. En siete ocasiones, los abogados de la empresa piñera no se presentaron a las audiencias convocadas por el juez penal, y Carlos Arguedas falleció en el 2011 sin que el juicio reanudara. En el 2015, cansadas de esperar desde el 2007 una resolución al problema del agua contaminada, las comunidades de Siquirres acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (véase nota sobre audiencia celebrada en marzo del 2015). 

La "técnica" consistiendo en no presentarse a audiencias por parte de los abogados de las empresas que demandan a personas se volvió a verificar cuando la empresa minera canadiense Infinito Gold acusó penalmente en el 2011 por presunta difamación a cinco personas: un lider comunitario, dos profesores universitarios y dos diputados. En un artículo de opinión suscrito por tres de ellas, titulado "Audiencias con el Infinito: ausencias..." , se lee que: 

"los suscritos quisiéramos hacer ver que estas ausencias repetidas nos impiden, en el marco de una audiencia, demostrar ante el sistema judicial costarricense que lo expresado por cada uno de nosotros tiene amplio asidero probatorio, motivo por el cual no encontramos razón alguna para retractarnos. De igual manera, nos impide hacer ver a los jueces que, lejos de “engañar al pueblo de Costa Rica en forma canallesca”, o de tener alguna animadversión particular que califique como “animus difamandi” para con la imagen de la empresa querellante (tal como lo indican estas demandas en nuestra contra) nuestra conducta siempre buscó desmenuzar, con base en el conocimiento técnico, científico y jurídico, aspectos del discurso de las autoridades de turno y de la empresa que buscaron minimizar muy convenientemente". 

En el caso de uno de los acusados, la empresa no envió a su representante legal en cinco ocasiones (véase nota de la Prensa Libre de noviembre del 2016). 

A continuación, remitimos el lector al enlace de este mesa sobre la protesta social realizada el pasado 14 de junio del 2017 en la sede central de la UCR Rodrigo Facio:

Cuarta Mesa Redonda, Miércoles 14 de junio del 2017, 10:30 a.m. a 12:30. Auditorio CICAP, UCR

“Protesta social como manifestación de la libertad de expresión”

Primera exposición: Dr. Jorge Lobo Segura, Catedrático Escuela de Biología, UCR

Segunda exposición: Dr. Nicolás Boeglin Naumovic, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR

Comentarista: Licda. Eva Carazo Vargas, investigadora, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE), UNED

Moderador: Dr. Jorge Blanco Roldán 

El debate se dió en momentos en que el juez constitucional costarricense exhibe una regresión total al no querer reconocer más el derecho a la participación ciudadana en materia ambiental como un derecho humano fundamental (véase nota del Semanario Universidad de febrero del 2017 así como breve nota nuestra publicada en ese mismo sitio). Sobre este mismo retroceso de la justicia constitucional, un reciente artículo de opinión del Profesor Jorge Cabrera publicado en mayo del 2017 detalla la inconsistencia de esta línea jurisprudencial con los esfuerzos a los que Costa Rica participa en el plano regional e internacional. 



Notas 

Nota 1: En este análisis del fallo de la CIJ, se incluye el listado de las pocas organizaciones sociales que criticaron en su momento las condiciones en las que se efectuaron los trabajos de construcción de este proyecto. Por tratarse de entidades que desafiaron abiertamente a las autoridades de la época, en un clima hostil ante cualquier crítica a la denominada “trocha”, merecen ser mencionadas, recordadas y reconocidas: Arte por la Paz, Asociación Ambiental del Norte de San Rafael de Heredia (Conceverde), Asociación Conservacionista Yiski, Comité Bandera Azul Ecológica de San Miguel de Santo Domingo, Comité Cívico de Cañas, Confraternidad Guanacasteca, Movimiento Patriótico Juanito Mora, Palabra Cero y la Unión Norte por la Vida (UNOVIDA) (véase texto de comunicado colectivo). 

Nota 2: Véase nuestro breve artículo publicado en el medio digital Contexto.cr, titulado: "A un año del asesinato de Berta Cáceres: impunidad campante". Nótese que para la conmemoración del cuarto año de la muerte de Jairo Mora Sandoval (finales de mayo del 2017), no se oyó de alguna actividad que haya dejado rastro en la red. 



La presente nota fue referenciada en Derechoaldia (Costa Rica) Y en la Revista Pensamiento Penal (Argentina), así como publicada en varios medios de prensa (tales como Elpais.cr, así como Informa-tico, PiensaChile) y sitios jurídicos, como Debate Global(Colombia). Publicado por Curso de Derecho Internacional. Costa Rica.

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